Directrices de Materiales
Este documento describe los materiales no aceptados en las yardas de BL Duke, y los que pueden aceptarse si se cumplen condiciones específicas. Sin embargo, esta lista no es exhaustiva. También se pueden rechazar materiales adicionales según nuestra discreción.
MATERIALES QUE NO ACEPTAMOS
MATERIALES QUE NO ACEPTAMOS
MATERIALES |
---|
Tanques de acetileno |
Berilio |
Condensadores |
Dispositivos electronicos |
Calentadores portátiles/llenos de aceite |
Turnings de magnesio |
Mercurio |
Filtros de aceite |
Pistolas perforadoras |
Fuentes radiactivas |
Llantas |
Basura o reciclables sin metal |
Vehículos |
Residuos peligrosos o tóxicos |
Baterías de litio |
Liquidos |
MATERIALES QUE ACEPTAMOS CON CONDICIONES
MATERIALES QUE ACEPTAMOS CON CONDICIONES
Latas de aerosol
Deben estar vacías y perforadas o aplastadas. |
---|
Unidades refrigerantes de amoníaco
Se debe retirar el amoníaco y el cromato de sodio en cumplimiento con todas las regulaciones aplicables.
|
Material de aeronaves
Debe confirmarse que no contiene fuentes radiactivas, aleaciones de aluminio/litio ni residuos químicos. |
Electrodomésticos (domésticos o comerciales)
Deben estar libres de PCB, mercurio, refrigerante, amoníaco y asbesto. |
Chatarra con contenido de asbesto
Todo el asbesto debe retirarse en cumplimiento con las regulaciones aplicables. |
Balastos
Deben estar libres de PCB y etiquetados como “Sin PCB”. Solo se aceptan en la recepción de No Ferrosos. |
Barriles, tambores y contenedores
Deben estar completamente vacíos, sin contenido residual, con la parte superior completamente removida o cortados a la mitad para permitir una inspección exhaustiva. |
Baterías (sólo de ácido de plomo)
Se aceptan baterías de ácido de plomo (automotrices e industriales) si están debidamente segregadas; sin embargo, no aceptamos baterías de “residuos universales”, como NiMH, NiCd, litio o Absolyte. |
Compresores/unidades selladas
Deben estar completamente vacios sin aceite, con un agujero visible de perforación para verificación. |
Cilindros de gas comprimido
Deben estar segregados, con las válvulas retiradas, completamente vacíos y despresurizados, y deben tener una abertura del tamaño de un puño en el costado o estar cortados a la mitad. No se aceptan tanques de acetileno. |
Lodo (Metalico)
Se requiere certificación y documentación que confirme que el lodo no es peligroso y que se ha manejado de acuerdo con todos los requisitos legales aplicables. |
Medidores y Dispositivos Metricos
Deben verificarse como libres de fuentes radiactivas. |
Lamparas (Exterior y Comercial)
Deben estar libres de condensadores de PCB, balastos y bombillas. |
Chatarra Militar y Gubernamental
Se requiere una declaración de certificación que confirme que el material está libre de sustancias explosivas, radiactivas y peligrosas. |
Latas de Pintura
Deben entregarse abiertas, vacías y secas. |
Chatarra Contenedora de Refrigerante
El refrigerante debe ser recuperado adecuadamente en cumplimiento con las regulaciones federales o estatales usando equipo de recuperación certificado por la EPA. Se requiere una certificación de recuperación de refrigerante/CFC. |
Cartuchos y Municiones
Deben segregarse de otras mercancías yestar completamente descargados o inutilizados. |
Tanques (de Almacenamiento Sobre el Suelo y Subterráneos)
Deben tener un agujero mínimo de 2 pies en ambos extremos o estar cortados a la mitad, sin residuos ni olores presentes. |
Transformadores o Interuptores de Circuito Llenos de Aceite
Solo se aceptan transformadores nuevos de producción o secos, o transformadores que hayan sido vaciados con al menos de 1 PPM de PCB, acompañados de resultados de pruebas de laboratorio. |
Basura o Reciclables No Metálicos
Aceptados solo si están presentes en cantidades mínimas en relación con la carga de chatarra y pueden estar sujetos a deducciones. |
Electrodomésticos de Línea Blanca
Ver “Electrodomésticos” como referencia. |
Cableado/Cables
Deben estar libres de asbesto y PCB. |
Aviso Importante sobre la Recuperación de Refrigerantes
La ley federal prohíbe la ventilación o liberación intencional de refrigerantes o sustitutos de refrigerantes de electrodomésticos y vehículos de motor al medio ambiente.
Cualquier persona que se encuentre proporcionando información falsa intencionalmente o liberando refrigerantes puede incurrir en multas penales de la EPA de hasta $37,500 por día por cada infracción.